La información de este portal de transparencia está revisada a 4 de mayo de 2024.
En cumplimiento del Artículo 11 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y del Artículo 11 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y cumpliendo con el principio de transparencia en la gestión, se pone a disposición de las personas consumidoras, usuarias, alumnado, deportistas y profesionales información económica, presupuestaria y estadística relevante del Consejo General.
RETRIBUCIONES
La Presidencia, miembros de la Comisión Permanente, miembros del Pleno y/o personas asesoras del Consejo COLEF no perciben retribuciones ni tampoco indemnización alguna por abandono o cese en sus cargos. Por la asistencia a despachos o a actos propios de sus funciones perciben una dieta y los gastos de desplazamiento.
NORMATIVA DE INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DE SERVICIOS (RS091/2020, de 16 de abril)
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