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Consejo COLEF envía sugerencias para el Proyecto de Ley del Deporte a los Grupos Parlamentarios

 

EL CONSEJO COLEF ENVÍA SUGERENCIAS DE ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE LEY DEL DEPORTE A TODOS LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS

Uno de los aspectos que más le preocupan al Consejo COLEF sobre el Proyecto de Ley del Deporte es la inseguridad jurídica en la prestación de servicios deportivos, tanto para la ciudadanía como para los agentes y entidades del sector, ante la falta de identificación precisa y clara de las y los profesionales propios del deporte. Conoce todas las sugerencias de enmiendas que se han hecho llegar a los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados para que las hagan suyas y así mejoren la futura Ley del Deporte.

El pasado 17 de diciembre de 2021 el Consejo de Ministros daba luz verde al Anteproyecto de Ley del Deporte. El 14 de enero de 2022 el texto por fin estuvo disponible en el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados, para el inicio de su tramitación parlamentaria. Ahora, los Grupos Parlamentarios tienen en sus manos el debate y la mejora de este Proyecto de Ley a través de las enmiendas.

Por ello, y como es habitual en los Proyectos de Ley de materias de interés, el Consejo COLEF ha remitido, a todos los Grupos Parlamentarios de la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados, un documento con la sugerencia de enmiendas que, esta corporación de derecho público estatal, considera necesarias para que la futura Ley del Deporte pudiera tener una cobertura real para toda la ciudadanía.

Esta sugerencia de enmiendas está totalmente alineada con lo ya solicitado en el trámite de audiencia e información pública. En el mes de julio el Consejo COLEF presentó 20 aportaciones, de las cuales han sido tenidas en cuenta 6.

Ahora, y dados los cambios producidos en el texto, el Consejo COLEF propone a los Grupos Parlamentarios 19 enmiendas. Éstas se resumen en los aspectos que preocupan al Consejo COLEF sobre este Proyecto de Ley del Deporte:

  1. La falta de precisión sobre qué profesionales están cualificados para prestar servicios deportivos, lo cuál no consigue el objeto de prevenir los riesgos en la práctica físico-deportivos, por lo que seguirá habiendo consecuencias sobre la integridad física y la salud de la ciudadanía.

  2. La inseguridad jurídica en la prestación de servicios deportivos, tanto para la ciudadanía como para los agentes y entidades del sector, ante la falta de identificación precisa y clara de las y los profesionales propios del deporte. Incluso descuida hacer referencia a la única profesión del deporte titulada y colegiada -la de las educadoras y educadores físico deportivos-, amparada en el Real Decreto 2957/1978, de 3 de noviembre, y la Sentencia del Tribunal Constitucional 194/1998, de 1 de octubre.

  3. La limitación de las competencias del Consejo Superior de Deportes, en el apoyo y la promoción de la formación, a los técnicos deportivos, obviando a más de la mitad de los profesionales del sector: Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y formación profesional de la familia de las actividades físicas y deportivas.

  4. El reconocimiento de derechos que tienen una proyección para el cuidado de toda la ciudadanía únicamente para aquellas personas deportistas de alto nivel.

  5. El olvido de otros subsectores que no son el competitivo institucionalizado y, por tanto, negando un soporte normativo estatal para el 85,21% de los practicantes deportivos.

  6. La falta de precisión en ciertos conceptos del ámbito federativo, utilizando nomenclaturas que amplían la esfera de actuación, por ejemplo, en la clasificación de deportistas: cualquier deportista fuera del modelo federativo es “de no competición”, y también puede ser “ocasional”, sin embargo la ley vincula estas denominación genéricas únicamente al ámbito federado. La definición y las especificaciones sobre el término ‘entidad deportiva’ es otro de los ejemplos de falta de precisión en este proyecto de ley.

  7. La insuficiencia del articulado en relación con el voluntariado, que obvia preceptos de la Ley 45/2015, de 14 de octubre.

  8. El olvido sistemático de la corporación de derecho público tutelada por el Consejo Superior de Deportes, con vinculación normativa desde 1978: la Organización Colegial de la Educación Física y Deportiva.

  9. La ausencia de reconocimiento del papel de las Facultades de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

Si quieres conocer las enmiendas que sugiere el Consejo COLEF y la justificación de cada una, no dudes en acceder al documento completo.

VER SUGERENCIA DE ENMIENDAS AL PROYECTO DE LEY DEL DEPORTE PARA LOS GRUSPO PARLAMENTARIOS

Este documento se han enviado a todos y cada uno de los Grupos Parlamentarios: Socialista, Popular, VOX, Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Republicano, Plural, Ciudadanos, Vasco (EAJ-PNV), Euskal Herria Bildu y Mixto. Esperamos que tengan a bien hacer suyas estas enmiendas y coincidir unánimemente en la necesidad de modificar el texto en el sentido que propone el Consejo COLEF.


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