Área de Usuarios
Portada > Noticias

El Consejo COLEF solicita mejoras para el personal deportivo de Instituciones Penitenciarias

EL CONSEJO COLEF RECLAMA MEJORAS PARA EL PERSONAL DEPORTIVO DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS ANTE LA FUTURA LEY QUE SE ESTÁ NEGOCIANDO

El Consejo COLEF solicita que todo el personal deportivo de Instituciones Penitenciarias tenga la titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, teniendo en cuenta que es la única que otorga las competencias para el desempeño de las funciones asignadas a estos trabajadores, y que sean clasificados como funcionarios de carrera.

El Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) ha solicitado reunión a diferentes agentes de interés y estamentos ante la negociación sobre la futura Ley de Cuerpos de Instituciones Penitenciarias, pues en los centros penitenciarios hay personal responsable de los ‘Programas deportivos’, consolidado desde hace ya tres décadas. De hecho, el Consejo COLEF impulsó la integración y formación del personal de servicios deportivos de estos centros. Nada más comenzar la década de los años ‘90 del siglo XX, la Dirección General de Instituciones Penitenciarias tenía previsto desarrollar el Programa de Actuación Deportiva. Para ello, este organismo firmó con el Consejo Superior de Deportes un convenio, que se ejecutó a través de un acuerdo de colaboración con el Consejo COLEF.

El acceso a la práctica de educación física, actividad física y deporte es un derecho fundamental inherente a todo ser humano, sin discriminación alguna por cualquier factor (UNESCO, 2015). No están exentos de este derecho los reclusos y las reclusas, pues las Naciones Unidas reconocen en sus ‘Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos’ que «todo recluso que no desempeñe un trabajo al aire libre dispondrá, si las condiciones meteorológicas lo permiten, de al menos una hora al día de ejercicio físico adecuado al aire libre» y, además, que «los reclusos jóvenes, y otros cuya edad y condición física lo permitan, recibirán durante el período reservado al ejercicio una educación física y recreativa. Para ello se pondrán a su disposición el espacio, las instalaciones y el equipo necesarios».

El personal especializado en materia deportiva en Instituciones Penitenciarias se identifica actualmente como “Titulado Medio de Actividades Específicas” (y en ocasiones como “Titulado Medio Sanitario y Asistencial”). Esto quiere decir que es personal sujeto al ‘Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado’, por lo que no tiene reconocidos derechos recogidos en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público para el funcionariado, como pudiera ser el derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. Este agravio comparativo supone una situación de indefensión para un personal de IIPP que está completamente integrado en los centros penitenciarios desde hace ya tres décadas, y que prestan un servicio esencial para los/as reclusos/as, de obligatoria prestación por parte de la Administración Pública.


¿CUÁLES SON LOS ACTOS PROFESIONALES DEL PERSONAL DEPORTIVO DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS?

  • La dirección técnica y coordinación de servicios de educación física, actividad física y deporte en centros penitenciarios.

  • La educación física y deportiva para el desarrollo social (la inclusión social, la integración y la igualdad de oportunidades), contribuyendo, entre otros objetivos, a la prevención y a la rehabilitación de los que corren el riesgo de caer en la toxicomanía, el alcoholismo y el consumo excesivo de tabaco, la delincuencia, la explotación y la más extrema miseria.

  • El acondicionamiento físico y prácticas corporales para la mejora de la salud y la calidad de vida de los/as reclusos/as.

  • La educación física y deportiva para la salud dirigida a aquellos/as reclusos/as con lesiones y/o patologías, así como a los/as que requieren especial atención (embarazadas, mujeres en puerperio y/o lactantes, personas mayores y personas con problemas de salud o asimilados).

¿QUÉ SOLICITA EL CONSEJO COLEF PARA ESTE PERSONAL?

  1. Que el personal deportivo de IIPP sea clasificado como funcionario de carrera, teniendo en cuenta que están integrados desde hace más de tres décadas en los centros penitenciarios, que la Administración Pública tiene la obligación de prestar servicios de educación física, actividad física y deporte a los/as reclusos y que es esencial, como derecho fundamental inherente, para todos los seres humanos, incluidos aquellos privados de libertad.

  2. Que todo el personal deportivo de IIPP debe tener la titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, teniendo en cuenta que es la única que otorga las competencias para el desempeño de las funciones asignadas a estos trabajadores.

  3. Que en centros penitenciarios con más de 400 reclusos/as se cree la unidad denominada “Servicio de Deportes”, considerando el tamaño y el volumen de usuarios de las instalaciones y servicios deportivos, cuya dirección debe recaer sobre personal con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

  4. Que se amplíe el ratio de personal deportivo, considerando el tamaño y el volumen de usuarios de las instalaciones y servicios deportivos de cada centro penitenciario, evitando recurrir a voluntariado no cualificado y sin los conocimientos suficientes, con el objetivo de profesionalizar, bajo criterios de calidad, todos los servicios de educación física, actividad física y deporte que se presten en IIPP.

  5. Que se establezcan condiciones laborales adecuadas al puesto de trabajo del personal deportivo de centros penitenciarios, teniendo en cuenta estrategias de gestión de la edad y rebaja de la edad de jubilación ordinaria, dadas las características especiales de peligrosidad, penosidad y exigencia física de la actividad profesional deportiva en IIPP.

- Accede al informe completo -

Etiquetas

Newsletter

Suscríbete para estar al día de todas nuestras novedades

He leído y acepto los términos y condiciones de uso recogidas en la Política de Privacidad
Consejo General de la Educación Física y Deportiva
C/ del Aviador Zorita 55, Local
28020 - Madrid
(+34) 91 501 05 99
consejo@consejo-colef.es
https://www.plataformacolef.es
Horario de atención al colegiado

De lunes a viernes de 09:00 h. a 20:00 h.

Contacta y síguenos por redes sociales
Diseño y Desarrollo web Im3diA comunicación

Bienvenida/o a la información básica sobre las cookies de la página web responsabilidad de la entidad: Consejo COLEF.

Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en tu ordenador, “smartphone” o tableta cada vez que visitas nuestra página web. Algunas cookies son nuestras y otras pertenecen a empresas externas que prestan servicios para nuestra página web.

Las cookies pueden ser de varios tipos: las cookies técnicas son necesarias para que nuestra página web pueda funcionar, no necesitan de tu autorización y son las únicas que tenemos activadas por defecto.

El resto de cookies sirven para mejorar nuestra página, para personalizarla en base a tus preferencias, o para poder mostrarte publicidad ajustada a tus búsquedas, gustos e intereses personales. Puedes aceptar todas estas cookies pulsando el botón ACEPTA TODO o configurarlas o rechazar su uso clicando en el apartado CONFIGURACIÓN DE COOKIES.

Si quires más información, consulta la “POLITICA COOKIES” de nuestra página web.