NOTA: El Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educación Física y Ciencias de la Actividad Física y del Deporte se denominará, de ahora en adelante, como Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF), término el cual constituye la denominación aprobada por acuerdo del Pleno del Consejo COLEF de fecha 17 de noviembre de 2018, tramitada ante el Ministerio de adscripción y pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros.
En cumplimiento del Artículo 11 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y del Artículo 11 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y cumpliendo con el principio de transparencia en la gestión, se pone a disposición de las personas consumidoras, usuarias, alumnado, deportistas y educadoras y educadores físico deportivos información económica, presupuestaria y estadística relevante del Consejo General.
RETRIBUCIONES
La Presidencia, miembros de la Junta de Gobierno y/o personas asesoras del COLEF Canarias no perciben retribuciones ni tampoco indemnización alguna por abandono o cese en sus cargos.
La Presidencia, miembros de la Junta de Gobierno y/o personas asesoras del COLEF Canarias si persiben por la asistencia a despachos o a actos propios de sus funciones, gastos de dietas y de desplazamientos, además de una compensación por razón de servicios, aprobadas en Junta General Ordinaria de Colegiados el 24 de marzo de 2018.
INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DE SERVICIOS.
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