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APORTACIONES A LOS PROYECTO DE DECRETO DE POLICÍA CANARIA Y POLICÍA LOCAL

EL COLEF CANARIAS EXIGE PROFESIONALES TITULADOS EN CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE QUE ACTUÉN COLEGIADAMENTE EN LAS PRUEBAS FÍSICAS DE LOS CUERPOS DE LA POLICÍA LOCAL Y POLICIA CANARIA

El COLEF Canarias ha presentado aportaciones al Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los criterios generales de selección y promoción del Cuerpo de la Policía Canaria y también al Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los criterios de selección, formación, promoción y movilidad para el personal de los Cuerpos de Policías Locales de Canarias

Teniendo en cuenta que ambos proyectos de decreto estaban abiertos a consulta y participación pública, el COLEF Canarias no ha querido dejar pasar la oportunidad de realizar sus aportaciones referente, en ambos proyectos de decreto, al artículo específico de las pruebas físicas. En ambos casos no se reserva de forma exclusiva la evaluación de las pruebas físicas a profesionales titulados de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte que actúen colegiadamente, como sí lo establece para otras profesiones colegiadas.

La propuesta de modificación que se ha presentado por parte de la organización colegial, es la que se detalla a continuación:

DONDE DICE:

«1. La pruebas físicas tendrán por objeto determinar que las personas aspirantes reúnen las capacidades físicas suficientes necesarias requeridas para el ejercicio de la función policial en el empleo de la escala al que se accede. Se valorará, a estos efectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación o cualesquiera otras que se consideren adecuadas y que se aprueben en las bases de las convocatorias. Para la superación final de esta prueba habrán de alcanzarse o mejorar las marcas mínimas de todas las pruebas.»

«2. Para la realización de estas pruebas, la persona aspirante asume la responsabilidad de cumplir las condiciones físicas necesarias para el desarrollo de estas, sin perjuicio de las previsiones del apartado 4 del artículo 17.»

«3. Las personas designadas para asesorar al tribunal de selección y evaluar dichas pruebas deberán estar en posesión de la licenciatura o grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o de un título de Técnico Superior de la familia de Actividades Físicas y Deportivas, o equivalente, de la Formación Profesional del Sistema Educativo Español.»

DEBE DECIR:

«1. La pruebas físicas tendrán por objeto determinar que las personas aspirantes reúnen las capacidades físicas suficientes necesarias requeridas para el ejercicio de la función policial en el empleo de la escala al que se accede. Se valorará, a estos efectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación o cualesquiera otras que se consideren adecuadas según informe previo del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física de Canarias (COLEF Canarias) y que se aprueben en las bases de las convocatorias. Para la superación final de esta prueba habrán de alcanzarse o mejorar las marcas mínimas de todas las pruebas.»

«2. Para la realización de estas pruebas, la persona aspirante asume la responsabilidad de cumplir las condiciones físicas necesarias para el desarrollo de estas, sin perjuicio de las previsiones del apartado 4 del artículo 17.»

«3. Las personas designadas para asesorar al tribunal de selección y evaluar dichas pruebas serán profesionales titulados de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte que actuarán colegiadamente, y que además estén inscritos en los listados de peritos del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física de Canarias (COLEF Canarias).»

 

Accede a los documentos de Aportaciones del COLEF Canarias en los siguientes enlaces:

 

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